APROVECHA LAS AYUDAS DE LOS FONDOS NEXT GENERATION
Consigue hasta 4.000 € de subvención por el cambio de ventanas

Subvención de tu CC.AA.
Consigue hasta 3.000 € de subvención
Solo por cambiar tus viejas ventanas por otras con sistemas KÖMMERLING puedes recuperar hasta el 40% de la inversión.
¿Cómo puedo solicitarlo?
Se presentan de forma telemática en las páginas web habilitadas de cada Comunidad.
Los requisitos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma. En la mayoría de los casos, por su complejidad, requieren contratar la figura de un “agente rehabilitador” que gestione la solicitud. En Cristalería Gustavo, a través KÖMMERLING, ponemos a tu disposición este servicio de gestión para que te informe de todo y tú no tengas que ocuparte de nada.
Deducción en el IRPF
Hasta 1.000 € de deducción
Además, por el cambio de ventanas puedes deducirte en la declaración de la renta un 20% del gasto.
¿Cómo puedo solicitarlo?
En la declaración de la renta encontrarás un apartado para la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética. Se tiene que preparar la documentación que incluirá: el certificado energético anterior y posterior a la obra (el anterior con hasta 2 años de antigüedad), presupuesto detallado, imágenes anteriores y posteriores y factura con pago desde una cuenta con titularidad del solicitante.
En los dos casos el volumen de ayuda conseguido puede variar en función del número de actuaciones a realizar, pudiendo incluso superar el 52% de subvención.

REQUISITOS PARA VIVIENDA

REQUISITOS PARA EDIFICIO

¿Qué son las ayudas Next Generation?
La Unión Europea ha puesto en marcha una serie de ayudas con fondos europeos llamada Next Generation para ayudar a reparar los daños económicos y sociales causados por la pandemia de coronavirus. De este modo, ayudará también a salir de la crisis sentando las bases de una Europa más moderna y sostenible. ….
PREGUNTAS FRECUENTES
Siempre que la sustitución de ventanas sea para su vivienda habitual o para una destinada al alquiler de vivienda habitual, la respuesta es que sí, estaremos ante la posibilidad de acceder a las ayudas. Existen dos tipologías: la subvención directa y las deducciones fiscales, las dos son compatibles y dependiendo del alcance y el presupuesto de inversión pueden superar el 50 % del coste total de las ventanas.
Si no es para vivienda habitual, con independencia que sea en propiedad o alquiler, no tiene acceso a ninguna de estas ayudas. Usted puede recibir ayudas para una vivienda que quiera alquilar si para el inquilino sí se trata de vivienda habitual. En otro caso los FNG no son aplicables.
Para el cambio de ventanas hay dos tipologías de ayudas que son compatibles entre ellas: Subvención directa y Deducciones fiscales.
Este plan de ayudas depende de las CC.AA. La convocatoria de ayudas en forma de subvención a fondo perdido a la que puede acogerse el cambio de ventanas es muy sencilla. Sustituyendo sus ventanas por nuestras ventanas fabricadas con sistemas KÖMMERLING, usted tiene derecho a una ayuda de un 40 % de la inversión realizada hasta un máximo de ayuda de 3.000 €.
No todas, son subvencionables la sustitución de ventanas que sus características y prestaciones se puedan adecuar a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire del Código Técnico de la Edificación (CTE Documento Básico DB HE de Ahorro de energía). El CTE establece para las obras nuevas un requisito en los valores de aislamiento térmico y permeabilidad al aire en función de la zona climática en la que se encuentre la vivienda, los valores térmicos exigidos están en la tabla 3.1.1.
Con independencia del término Municipal en el que se encuentre su vivienda habitual, nuestras ventanas superan sin problemas el requisito más exigente de esta tabla 3.1.1 HE 1 del Código Técnico de la Edificación, que es 1,8 W/m2K. Por lo tanto, sustituyendo sus ventanas por unas fabricadas con Sistemas KÖMMERLING, tiene acceso a una subvención a fondo perdido del 40 % de la inversión realizada, hasta un máximo de 3.000 € de ayuda.
La tramitación de estas ayudas las puede hacer directamente usted, pero lo recomendable es hacerlo a través de un gestor energético, el coste de este gestor está también sujeto a las ayudas y en nuestro caso contamos con un gestor que le puede tramitar todas estas ayudas y que tiene un coste asumible (lo recomendable es tener cerrado este coste e informar de forma transparente al cliente, tenemos acuerdos de 350 € por expediente) , hay una serie de documentación que se tiene que presentar y que consiste en:
- Formulario específico de solicitud (cada comunidad tiene el suyo)
- Documento acreditativo de la propiedad o contrato de alquiler en su caso.
- En el caso de que se realice a través de un gestor, el acuerdo de representación. Certificado de
- Eficiencia Energética del Edificio anterior y posterior a la actuación. Si el cliente dispone ya de él con anterioridad a dos años a la solicitud, este valdrá para el anterior a la actuación. El gestor se encargará de este trámite.
- Descripción de las ventanas y justificación del cumplimiento del CTE.
- Presupuesto detallado, indicando detalle del IVA, medición, materiales y mano de obra.
- Declaración responsable.
- Plano de emplazamiento
- Fotografías de las fachadas a color anterior y posterior a la actuación. Empadronamiento.
- Facturas y justificantes del pago: solicitaréis al propietario o al instalador con fecha posterior a la solicitud y no se pueden abonar en efectivo
(Dependiendo de la CCAA puede pedirse más documentación)
Puede parecer farragoso y complejo, pero para eso existe la figura del “gestor energético”, son técnicos especializados que facilitan esta labor.
Las ayudas están en vigor y se distribuirán por orden de solicitud hasta agotamiento de los fondos previstos. Si estos no se agotaran, el plazo expirará el 31/12/22 en Cataluña, el 31/08/23 en Extremadura, el 14/10/22 en Galicia, el 31/12/22 en Navarra, el 1/12/22 en la Comunidad Valenciana, el 30/12/22 en Castilla-La Mancha, el 31/12/23 en Cantabria, el 30/06/23 en la Comunidad de Madrid, y el 31/07/24 en la Región de Murcia.
Ahora es el mejor momento para solicitarlas, de momento hay fondos y disponemos de ellas hasta final de año.
El coste mínimo de la inversión ha de ser igual o superior a 1.000 € por vivienda.
A diferencia de otras subvenciones, los planes sujetos a esta convocatoria no tributan, el importe recibido por estas ayudas está exento de IRPF. Lo único que sí reducen el importe de la inversión en el caso de que también se beneficie de las deducciones fiscales a las que se podría tener derecho por esta actuación.
En este caso, se exige alcanzar una reducción en demanda energética de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7%. Cuando esto se logra, la deducción en el IRPF es de un 20% de la inversión realizada hasta un máximo de 5.000 € (es decir una reducción en la cuota del IRPF de 1.000 €).
Aunque no se puede afirmar con seguridad, la práctica demuestra que en la gran mayoría de ocasiones este porcentaje se alcanza e incluso puede ser superior. Esto va a depender fundamentalmente del tamaño de las ventanas en relación al resto de la fachada y la calidad de las ventanas actuales. Por ejemplo, instalar nuestras ventanas fabricadas con Sistemas KÖMMERLING en viviendas unifamiliares con ventanas de aluminio correderas y vidrios de cámara 6 mm (caso de millones de hogares en España), suele superar el 7% de requisito.
Para ello se hace el Certificado de Eficiencia Energética antes de cambiar la ventana y otro después, ese certificado indica la Demanda Energética que tiene su vivienda en refrigeración y calefacción, si la diferencia entre el que tiene actualmente y el que tendría en el caso del cambio reduce un 7%, la inversión, se puede beneficiar de una deducción en el IRPF.
Serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas.
Dado que para la solicitud de la Ayuda en forma de Subvención del 40% de la inversión necesitará un expediente, este normalmente lo hace un Agente Energético, quien como Técnico Competente hará los Certificados Energéticos anterior y posterior. El coste del CEE estará incluido en los costes de gestión del expediente y, como ya se ha mencionado, este también es subvencionable.
En la aplicación para presentar la Declaración de la Renta, existe un apartado que establece la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. En este apartado se le pedirán los datos de la vivienda objeto de la actuación, fechas de los CEE anterior y posterior, Demanda energética de calefacción y refrigeración anterior y posterior y las cantidades satisfechas de la actuación. La aplicación del programa calculará la deducción a practicar según lo mencionado.
Es un indicador que se refleja en el análisis técnico del informe del CEE, viene expresado en Kwh/m2 año. No hay ninguna duda.
En ese caso, usted no tendrá derecho a la aplicación de la deducción fiscal pero sí seguirá teniendo derecho a la ayuda del 40 % en forma de subvención directa como consecuencia del cambio a una ventana que se adapta al Código Técnico de la Edificación.
Las ayudas recibidas a fondo perdido en el seno de los FNG están exentas y por lo tanto no tributan en el IRPF, sin embargo, su concesión reduce el importe de la inversión sujeta a deducción.
Ejemplo: Un ciudadano ha llevado a cabo una sustitución de ventanas siguiendo los criterios de elementos adecuados al CTE (Programa 4) con una inversión total incluyendo costes de tramitación del expediente de 6.000 € + IVA = 7.260 €, además de esto, por los CEE anterior y posterior realizados por el Técnico Competente, consigue una reducción en demanda de calefacción y refrigeración superior al 7 %.
Como tributaría y alcance de las ayudas:
Por el programa 4 de las ayudas de los FNG, tendría derecho a una subvención del 40 % del total de la inversión con un límite de 3.000 €.
Así, de una inversión de 7.260 € recibe ayuda por importe de 2.904. € (límite de ayuda) Total inversión = 7.260 € – 2.904 € = 4.356 €
Por superar 7 % reducción en Demanda Energética tiene derecho a una deducción del 20 % hasta un límite de 1.000 €.
Deducción = 4.356 x 20 % = 871 € Coste real = 4.356 € – 871 €= 3.485 €
Acógete a las ayudas y renueva tus ventanas
Consigue un óptimo aislamiento y confort en tu hogar
No dudes en contactarnos para que podamos darte toda la información que necesitas para aprovechar las ayudas de los fondos Next Generation.
Nos encargamos de hacer todas las gestiones por ti .. ¿A qué esperas? 🙂
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